Revictimización: el daño añadido - por Carolina Beresi



Toda persona que haya sufrido algún tipo de daño como consecuencia de una agresión o vulneración de derechos es considerada una víctima. A partir de ese momento debe ponerse en contacto con las instituciones judiciales, sanitarias, y sociales que sean idóneas para intervenir en la situación que le tocó atravesar.

En este contacto que se inicia con los diferentes sistemas que deben dar respuestas a las víctimas es más que frecuente que se presenten inesperados obstáculos que alejan la posibilidad de obtener justicia y una adecuada recuperación de quienes ha visto vulnerados sus derechos.

Según los estudios realizados por la Victimología, podemos identificar varios factores de este tipo que casi nunca son supuestos por la víctima y su familia al momento de realizar la denuncia.

El primer aspecto está relacionado con la falta de información comprensible (uso excesivo de tecnicismos), oportuna y útil que recibe la persona al ponerse en contacto con el sistema, seguido por la desproporcionada extensión de los tiempos procesales.

Cuando alguien es víctima de un delito, espera su resarcimiento, manteniendo altas expectativas en la rapidez de la resolución. Pero, lo cierto es que esto sucede muy pocas veces y la lentitud del proceso que enfrenta termina afectando decididamente su proceso de recuperación. A lo que debemos añadir que todas las demoras, las reiteradas derivaciones, consultas inconducentes y las declaraciones recurrentes (innecesarias) generan un daño añadido a quien ha sido víctima de un delito.


Además, muy pocos organismos estatales cuentan con los espacios adecuados necesarios para la realización de entrevistas. Muchas veces se deben realizarlas con terceros presentes por falta de lugares específicos para resguardar la intimidad y la confidencialidad de lo expresado por la víctima.

Ni qué decir cuando se cita conjuntamente a la víctima y al victimario a audiencias o a espacios de entrevista o mediación. El encuentro entre ambos profundiza el sentimiento de indefensión que puede sentir la persona luego de haber realizado la denuncia.

Otro aspecto señalado por la victimología es que, generalmente, se da prioridad a la resolución del hecho por encima de la atención de la persona, generando en la víctima fuertes sentimientos de “invisibilización”, así como también la sensación de que todo lo que se hace no lo incluye en ningún sentido, despersonalizando totalmente el trato que recibe.

Ligado a esto, encontramos otro aspecto central en este contexto: la actitud de los profesionales durante su intervención. Muchas víctimas refieren que el trato recibido por los profesionales y operadores que los asisten es negligente o desinteresado. Esto da lugar a intervenciones iatrogénicas, en las que el personal encargado de la atención a las víctimas agudiza aún más el daño sufrido con su participación.

Una de las más perjudiciales manifestaciones de esto se produce cuando quien debe escuchar lo narrado por la víctima asume una actitud de desconfianza ante lo escuchado. Dudando o cuestionando su credibilidad, lo que genera en la víctima un sentimiento de culpabilidad y mayor padecimiento. Existen casos en que ante este tipo de desconfianzas o cuestionamientos a los dichos de la víctima, se produjo la retractación de la persona, quien se encuentra en una situación sumamente vulnerable y no logra soportar la presión de ser cuestionada.



Ni que decir de las veces en que la víctima debe responder sobre cuestiones referidas a sus antecedentes personales o conductas no vinculadas al hecho denunciad. O, por ejemplo cuando las personas se vuelven objeto de exámenes médicos repetidos, superfluos o excesivos. Todo ello constituye un trato inadecuado, en el ámbito que sea.

Todo lo anterior deja al descubierto el lugar que, muchas veces, ocupa la víctima en el sistema de atención y la importancia que los distintos operadores de justicia dan al trato con la persona.


Cuando esto sucede, se producen un conjunto de consecuencias negativas que pueden llegar a afectar psicológica, social, jurídica y económicamente  las víctimas.

Generalmente, esta segunda vivencia del hecho sucedido (revictimización) puede ser tan grave o aún más que la primera (la del delito) y aumenta la dimensión del daño total sufrido.

La que se amplifica si, además de haber sido víctima de un delito, se pertenece a algún grupo de mayor vulnerabilidad como el género, ser una persona con capacidad restringida, ser niño, niña o adolescente, el tipo de violencia sufrida, ser víctimas de trata de personas o de violaciones a los DD. HH. 


La revictimización implica repetición. La persona maltratada reexperimenta el papel de víctima, revive los momentos dolorosos y emociones asociadas a su experiencia traumática inicial en repetidas ocasiones, en un entorno que de por sí ya suele ser lo suficientemente estresante como son los procesos judiciales. Si pudiéramos ver cómo sigue la vida de las víctimas después de atravesar todo el proceso que se inicia con una denuncia, nos daríamos cuenta que (en la mayoría de los casos) han sido forzadas a modificar sus hábitos de vida, afectando en algún punto su cotidianeidad, así como también sus relaciones interpersonales, su actividad profesional y su actividad social.

¿ Qué medidas pueden evitar o reducir al mínimo la revictimización ? 

Es fundamental la utilización de protocolos adecuados que orienten a los profesionales y operadores judiciales en todo lo referido a priorizar la atención al perjudicado, antes que al delito del que fue objeto.

Sería importante contar con un diagnóstico de actitudes negativas identificadas en la atención a víctimas dentro del sistema judicial o sanitario, donde se señalen los componentes que integran el lenguaje verbal o no verbal (miradas, gestos, tonos de voz, ademanes, postura corporal, etc.) como elementos  a ser tenidos en cuenta durante la asistencia.

Un aspecto en el que debe tenerse especial cuidado es en evitar actitudes que puedan interpretarse como la justificación del acto violento o de culpabilización de la víctima, como las referidas a la actitud de la persona afectada (ropa, horario, compañía, costumbres, etc.) de donde se percibe la idea de que la víctima es merecedora o ha provocado de alguna manera la vulneración de derechos que ha sufrido.

Se debería propiciar la confianza de la víctima, comprender el sufrimiento que significa revivir todo lo sucedido y poder brindarle un espacio seguro donde poder hablar de lo ocurrido, insistiendo en la confidencialidad.

Lo que puede lograrse cuando se trabaja con un equipo multidisciplinario que logre alejarse de los prejuicios y desarrolle la empatía, valorando correctamente las secuelas de la victimización. Donde las entrevistas se encuentren a cargo de personal especializado y en donde se tenga en cuenta la etapa evolutiva de la víctima, evitando reiteraciones innecesarias o estudios médicos redundantes.


Asimismo, es de gran importancia contar con un sistema efectivo de apoyo psicológico desde el inicio de todo el proceso.

Mientras que desde el sistema judicial es necesario ser conscientes de la importancia de minimizar todo lo posible la duración de los procesos judiciales y burocráticos, así como también evitar los reiterados encuentros entre víctima y agresor.

Finalmente, tanto operadores de justicia, sanitarios, policiales como periodistas y medios de comunicación deberíamos comprometernos con la preservación máxima de los derechos de la víctima, evitando difundir su identidad y respetando su intimidad.

Cada caso de revictimización pone de manifiesto el fracaso de las instituciones judiciales debido a que la administración de justicia es central para el ejercicio y defensa de los DD. HH. de las víctimas, por lo que no deberíamos restar importancia a estas cuestiones.

Pasos - Charo Bogarín y Malena Muyala











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